El objeto del contrato es la contratación de las pólizas de seguro de responsabilidad civil que den cobertura a los riesgos y contingencias derivadas de la actividad comarcal. | España Transparente
El objeto del contrato es la contratación de las pólizas de seguro de responsabilidad civil que den cobertura a los riesgos y contingencias derivadas de la actividad comarcal.
Expediente de contratación: presupuesto de licitación y adjudicación cuando consta. Ninguno de esos importes acredita el pago.