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El objeto de la contratación es la prestación del servicio de recogida de animales domésticos abandonados, vagabundos o extraviados que se encuentren en la vía pública o en los lugares indicados en la Ley 4/2016, de 22 de julio, y el traslado de los mismos a instalaciones adecuadas y legalmente autorizadas, así como su cuidado, manutención y custodia siguiendo los criterios y obligaciones establecidas en Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad. | España Transparente