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Redacción del plan local de prevención de incendios forestales (PLPIF), Considerando que mediante Resolución de 29 de julio de 2005, de la Conselleria de Territorio y Vivienda, se declararon los terrenos forestales de la Comunidad Valenciana zona de alto riesgo de incendio. Esta declaración supone que, conforme al artículo 55.3 de la Ley 3/1993, las entidades locales con terrenos forestales en su territorio deben redactar planes locales de prevención de incendios para sus respectivos términos municipales, debiendo ser remitidos a la Conselleria de Medio Ambiente para su aprobación, a propuesta de la dirección general competente. Estos planes son subordinados a la planificación general de prevención de demarcación | España Transparente