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El objeto del contrato consiste en el servicio de Prevención Ajeno (SPA en adelante) para prestar las actividades preventivas en las cuatro especialidades preventivas de Higiene Industrial, Seguridad en el Trabajo, Ergonomía y Psicosociología Aplicada y Medicina del Trabajo (Vigilancia de la Salud) al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL en adelante) y el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención (RSP en adelante), y demás disposiciones legales y reglamentarias de complemento y desarrollo aplicables y vigentes. | España Transparente