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Suscripción de un seguro de responsabilidad civil que cubra todo daño, tanto propio como a terceros, causado por el mal uso de la superficie arrendada o derivado de comportamientos negligentes o temerarios por parte de la Cámara de Cuentas o del personal vinculado de cualquier forma a la misma. Asimismo, la cobertura de cuantos riesgos se deriven de la ocupación de la superficie arrendada y de la actividad que en ella se desarrolle, incluidos los riesgos derivados de la realización de obras en la superficie arrendada. | España Transparente