Acuerdo marco para el suministro de combustibles para automoción de la Central de Contratación de la FEMP. Tiene por objeto, a través de la Central de Contratación, la adopción de los tipos contratables para los suministros de combustibles de automoción (en adelante, los “Suministros de combustible” o los “Suministros”), conforme a lo previsto en el artículo 203 del TRLCSP y en el último párrafo del apartado 3 de la Disposición Adicional Quinta de la LBRL.
Este acuerdo se adscribe al anuncio previo 03/2014 publicado el 10 de abril de 2014 en Plataforma de Contratación del Estado bajo el título siguiente:
“El objeto del acuerdo marco será fijar las condiciones generales a que habrán de ajustarse los contratos que pretendan adjudicar las Entidades Locales adheridas a la Central de Contratación de la FEMP, para el suministro de combustible para automoción y calefacción. A los efectos del Acuerdo Marco se entenderán como Entidades Locales adheridas a la Central de la Contratación de la FEMP los Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales, Cabildos, Consejos Insulares y demás Entes Locales, así como los organismos autónomos y entes públicos dependientes de ellos en todo el territorio nacional, adheridas o que se adhieran a la Central durante el periodo de vigencia del Acuerdo Marco” | España Transparente
Acuerdo marco para el suministro de combustibles para automoción de la Central de Contratación de la FEMP. Tiene por objeto, a través de la Central de Contratación, la adopción de los tipos contratables para los suministros de combustibles de automoción (en adelante, los “Suministros de combustible” o los “Suministros”), conforme a lo previsto en el artículo 203 del TRLCSP y en el último párrafo del apartado 3 de la Disposición Adicional Quinta de la LBRL.
Este acuerdo se adscribe al anuncio previo 03/2014 publicado el 10 de abril de 2014 en Plataforma de Contratación del Estado bajo el título siguiente:
“El objeto del acuerdo marco será fijar las condiciones generales a que habrán de ajustarse los contratos que pretendan adjudicar las Entidades Locales adheridas a la Central de Contratación de la FEMP, para el suministro de combustible para automoción y calefacción. A los efectos del Acuerdo Marco se entenderán como Entidades Locales adheridas a la Central de la Contratación de la FEMP los Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales, Cabildos, Consejos Insulares y demás Entes Locales, así como los organismos autónomos y entes públicos dependientes de ellos en todo el territorio nacional, adheridas o que se adhieran a la Central durante el periodo de vigencia del Acuerdo Marco”
Expediente de contratación: presupuesto de licitación y adjudicación cuando consta. Ninguno de esos importes acredita el pago.